TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
TITULO I NATURALEZA Y ÁMBITODE APLICACIÓN DEL IMPUESTO.
Artículo 1º Naturaleza.
Articulo 2º Ámbito de aplicación espacial.
Artículo 3º Tratados y convenios.
Artículo 1º Naturaleza.– El Impuesto sobre Sociedades es un tributo de carácter directo y naturaleza personal que grava la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas de acuerdo con las normas de esta ley.
Artículo 2º Ámbito de aplicación espacial.-1- El Impuesto sobre Sociedades se aplicará en todo el territorio español.
A efectos de los dispuesto en el párrafo anterior, el territorio español comprende también aquellas zonas adyacentes a las aguas territoriales sobre las que España pueda ejercer los derechos que le correspondan, referentes al suelo y subsuelo marino, aguas suprayacentes, y a sus recursos naturales, de acuerdo con la legislación española y el derecho internacional.
2.- Lo dispuesto en el apartado anterior se entenderá sin perjuicio de los regímenes tributarios forales de concierto y convenio económico en vigor, respectivamente, en los Territorios Históricos de la Comunidad Autónoma del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra.
Artículo 3º. Tratados y convenios.– Lo establecido en esta ley se entenderá sin perjuicio de los dispuesto en los tratados y convenios internacionales que hayan pasado a formar parte del ordenamiento interno, de conformidad con el artículo 96 de la Constitución Española.